may 25 2011
¿Qué opináis de la Ley Sinde?

Probablemente, todos estaremos de acuerdo en que es necesario el respeto hacia los derechos derivados de la Propiedad Intelectual. Cualquier autor, por ejemplo, puede ejercer los derechos de explotación, reproducción, distribución, difusión pública y transformación de su obra. El cómo se haga esto y cercenando qué libertades de terceros para conseguirlo, ya es otro cantar, pues el mismo autor también puede regalar sus derechos y su obra, o hacer con ellos lo que estime oportuno, a menos que diga expresamente que el copyright es sólo suyo.
En nuestro país, la última noticia candente acerca de la Protección de la Propiedad Intelectual ha sido la conocidísima Ley Sinde que, en realidad, no es una ley en sí misma, sino una serie de modificaciones realizadas sobre tres leyes anteriores (La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, la Ley de Propiedad Intelectual y una tercera referente a la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
Sin pretender ponerme legalista, que no es lo mío, sí comentaré que estas modificaciones van encaminadas a la posibilidad de poder interrumpir la prestación de los servicios o retirar los datos que supuestamente atenten o puedan atentar contra la salvaguarda de los Derechos de Propiedad Intelectual (derechos de autor), por parte de los órganos competentes para su protección. En el caso de la Propiedad Intelectual, el órgano competente será la denominada ‘Comisión de Propiedad Intelectual’, que estará encargada de velar por su salvaguarda mediante su Sección Segunda y de mediar o arbitrar, en otros casos, mediante su Sección Primera. Ambas Secciones serán las que constituyan esta Comisión, en cuya representación el Ministerio de Cultura jugará un importante papel. Por tanto parece que ellos deciden ‘todo’, quitan y dan la venia.
En la práctica, esto puede hacer que el 95% de sitios web (que distribuyen o se redirigen a contenidos de otros autores sin su consentimiento expreso, pues casi nunca lo hay en Internet) puedan ser clausurados o gravemente multados por alguna de estas Secciones, si interpretan que se vulneran derechos.
Antes de lanzar una pregunta, querría hacer una aclaración: este NO es un blog político y jamás pretenderá serlo. Por ello hemos esperado a después de las recientes elecciones para publicar este post, que llevábamos tiempo meditando. Este es un blog puramente técnico y profesional pero, dado que estas modificaciones legislativas pueden afectar gravemente a nuestro sector, desde un punto de vista puramente técnico y profesional, dado también que (en mi opinión) se intentan poner puertas al campo, agradecería mucho conocer vuestra valoración al respecto, si queréis/podéis compartirla con nosotros.
¿Qué opináis de la llamada ‘Ley Sinde’?
Muchísimas gracias y un abrazo a todos.










